Cómo saber si estás exento del copago sanitario

  • Algunos grupos de personas no pagarán nada por sus medicamentos pese a la entrada de la nueva ley

El copago sanitario ya ha entrado en vigor. Con este sistema la mayoría de los pacientes pagarán más por sus medicamentos. Los jubilados, que hasta ahora podían acceder a las medicinas de forma gratuita, también pagarán. Pero hay algunas excepciones. En este practicograma te explicamos qué personas están libres de pagar más por las recetas en la farmacia.

1 Los jubilados que reciben pensiones no contributivas.

Los jubilados que reciben una prestación por pensión no contributiva no están incluidos en el nuevo sistema de copago sanitario. El código que debe aparecer en las recetas de estas personas es el 001. Si te encuentras en esta situación no pagarás nada por los medicamentos que te recete el médico. Recuerda que las pensiones no contributivas pueden recibirse por vejez, invalidez y viudedad.

No hay que confundir las pensiones no contributivas, reconocidas a aquellas personas que pese a no haber cotizado lo suficiente cuentan con una prestación económica, con las contributivas. Estas últimas las reciben aquellos que han cumplido los requisitos de cotización establecidos, con algunas excepciones: incapacidad permanente y fallecimiento, entre otras.

2 Desempleados sin prestación y parados que reciben el subsidio de 400 euros.

Los parados que han agotado su prestación por desempleo no pagarán nada por las medicinas. Si este es tu caso, asegúrate de que en tus recetas aparece el código 001. Este código permitirá al farmacéutico detectar que te encuentras entre este grupo de personas.

Si has agotado tu prestación por desempleo pero recibes la ayuda extraordinaria de 400 euros tampoco pagarás nada por los medicamentos. En el caso de que recibas esta prestación, pero tengas propiedades por las que ingresas una cantidad de dinero, por ejemplo una casa alquilada, pagarás en función de la renta.

Ten en cuenta que si encuentras trabajo el código se modificará automáticamente gracias al cruce de datos que realizan el Sistema Nacional de Salud y la Agencia Tributaria. A partir de ese momento y en función de tu renta, pasarás a pagar un porcentaje del valor de los medicamentos.

3 Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad.

Los afectados por un síndrome tóxico no pagarán nada por los medicamentos. Este tipo de personas debe contar con un reconocimiento oficial. En algunas ocasiones reciben una ayuda económica por parte del Estado. El código que aparecerá en sus recetas es el 001.

En el caso de las personas con discapacidad no pagarán nada en los supuestos recogidos en la normativa específica, tal como explica el Real Decreto aprobado por el gobierno de Mariano Rajoy. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha explicado a Practicopedia que la excepción de pago se limita a "aquellos discapacitados reconocidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que reciben una pensión". Si este es tu caso, el código que te corresponde es el 001. Este código te reconoce como persona exenta del pago de los medicamentos recetados.

4 Perceptores de rentas de integración social.

Las rentas de integración social se conceden a las personas y familias más desfavorecidas. La gestión de estas ayudas depende de las comunidades autónomas. Si eres beneficiario de una de estas rentas no pagarás nada por los medicamentos. El código que te corresponde es el 001.

5 Personas que sufren una enfermedad laboral y accidentados en el trabajo.

Aquellos pacientes que cuentan con un tratamiento derivado de una enfermedad profesional o que han sufrido un accidente en el trabajo, tampoco pagarán nada. Igual que en los casos anteriores, el código que les corresponde es el 001. Si te encuentras en esta situación, asegúrate de que el código está debidamente indicado en tus recetas.

6 Los enfermos crónicos pagan hasta 4,13 euros por receta.

Las personas que sufren una enfermedad crónica no están exentas del copago sanitario. Sin embargo, sí disponen de un límite de aportación establecido en 4,13 euros por receta.

Si te encuentras en esta situación y estás en la Comunidad de Madrid o en Cataluña, tendrás que pagar un euro más por cada receta con un límite de 72 euros anuales en el primer caso y 61 en el segundo.

7 ¿Y si mi receta no cuenta con un código?

El copago sanitario ha entrado en vigor el 1 de julio de 2012. Las recetas médicas emitidas antes de esta fecha no cuentan con ningún código que refleja la renta del ciudadano. En estos casos, el farmacéutico podrá saber qué porcentaje tienes que pagar gracias a un sistema informático llamado IPAF. Para evitar problemas, lleva siempre tu DNI a la farmacia. En algunos casos con la tarjeta sanitaria puede no ser suficiente.

Mostrar comentarios