Cómo te afecta el copago sanitario en función de tu renta

  • Según tus ingresos te corresponderá pagar entre el 40 y el 60% del valor de los medicamentos

Un código asignado a tu tarjeta sanitaria permitirá a las farmacias conocer en qué grupo de personas te encuentras. Dependiendo de tu renta anual te corresponderá un código u otro. Estos códigos, que se encuentran en las recetas tanto tradicionales como electrónicas, determinan lo que tienes que pagar por los medicamentos. En este practicograma te explicamos cómo te afecta el copago sanitario dependiendo de tu renta anual.

1 Pagarás dependiendo del código que te corresponda.

Dependiendo de tu renta personal tendrás un código personal u otro. Estos códigos van del 001 al 006 e indican el porcentaje que debe abonar cada persona en función de sus ingresos anuales. Los números de menor valor corresponden a los pensionistas y a las rentas más bajas. La aportación económica correspondiente se determina en función del resultado de la casilla 618 de la Declaración de la Renta.

A partir de ahora lo podrás consultar en el margen superior derecho de las recetas. Si tu comunidad autónoma ya dispone de recetas electrónicas puedes consultar que tu código es el correcto preguntando al farmacéutico o al propio médico de cabecera.

2 Si ganas menos de 18.000 euros anuales, pagarás el 40%.

Si eres trabajador en activo y tus ingresos anuales son inferiores a los 18.000 euros te corresponde el código 003. Este código indica que debes pagar el 40% del valor total de los medicamentos recetados. Este porcentaje es el que se aplicaba a toda la población antes de la entrada en vigor de la reforma sanitaria. Si te encuentras en este grupo, eres una de las personas menos afectadas por el copago sanitario.

3 Si ganas entre 18.000 y 100.000 euros pagarás el 50%.

Si tu renta anual se encuentra entre los 18.000 y los 100.000 euros anuales, te corresponde el código 004. Según este código, tendrás que pagar el 50% del valor íntegro del medicamento recetado.

Por ejemplo, si el médico te receta paracetamol de 1 gramo pagarás el 50% del valor que tendrías que abonar en el caso de no tener receta. Si el precio de la caja es de 5,79 euros tendrás que abonar la mitad de su valor, es decir, 2,89.

4 Si ganas más de 100.000 euros pagarás el 60%.

Si tus ingresos anuales superan los 100.000 euros, el código que te corresponde es el 005. Este código indica que debes abonar el 60% del valor del medicamento. Este grupo identifica a las personas con mayor nivel de renta. Si te encuentras en este grupo, eres de las personas que más abonará por sus medicinas.

Siguiendo el ejemplo del paso anterior, si el médico te receta paracetamol de 1 gramo con un valor de 5,79 euros tendrás que abonar el 60%, es decir, 3,47 euros. Recuerda que si no vas al médico, hay medicinas que puedes adquirir sin receta. En el caso del paracetamol podrías hacerlo. Eso sí, pagando el 100% de su valor.

5 Si necesitas medicamentos especiales pagarás el 10% de su valor.

En el caso de los medicamentos pertenecientes al grupo ATC de aportación reducida, el porcentaje que pagarás por ellos es siempre del 10%. Independientemente del código que te corresponda, únicamente abonarás este porcentaje.

Por tanto, las personas que sufren enfermedades crónicas y necesiten este tipo de medicamentos solo pagarán el 10% de su precio original. Puedes consultar qué medicinas concretas se incluyen en este grupo en la división por enfermedades realizada por el Ministerio de Sanidad.

6 Si estás en paro y has agotado tu prestación no pagarás nada.

Si estás en paro te corresponderá un código u otro dependiendo de tu renta. Si recibes una renta mínima de inserción o ya no recibes ninguna prestación por desempleo no tendrás que pagar nada por los medicamentos. En este caso, tu código será el 001. Recuerda que si sigues cobrando prestación, tendrás un código dependiendo de tu patrimonio personal.

7 Los mutualistas y las clases pasivas pagan menos.

El código 006 identifica a los mutualistas y a las clases pasivas. Estas personas pueden ser funcionarios del Estado, trabajadores del Instituto Social de las Fuerzas Armadas o dependientes de la Mutualidad General Judicial. A este grupo le corresponde pagar el 30% del valor de los medicamentos. Es decir, pagan menos que el grupo de trabajadores con rentas inferiores a los 18.000 euros anuales, quienes abonarán el 40% del valor total de las medicinas.

8 ¿Y si mi receta no cuenta con un código?

El copago sanitario ha entrado en vigor el 1 de julio de 2012. Las recetas médicas emitidas antes de esta fecha no cuentan con ningún código que refleja la renta del ciudadano. En estos casos, el farmacéutico podrá saber qué porcentaje tienes que pagar gracias a un sistema informático llamado IPAF. Para evitar problemas, lleva siempre tu DNI a la farmacia. En algunos casos con la tarjeta sanitaria puede no ser suficiente.

9 Fin de las medicinas gratuitas.

El pasado 1 de julio entró en vigor la reforma del sistema sanitario. Desde entonces, la aportación de los pacientes al sistema farmacéutico se amplía. Los jubilados pasan de no pagar nada por sus medicinas a hacerlo en un porcentaje dependiendo de su situación personal.

Además, hasta 425 medicamentos han quedado excluidos de la financiación pública. A partir de agosto, el usuario tendrá que pagar el 100% del precio de los medicamentos que el Ministerio de Sanidad considera menos útiles que otras para combatir un amplio grupo de enfermedades.

Estas normas no se aplicarán en el País Vasco, donde el gobierno presidido por el lendakari Patxi López se ha negado a aplicarlas. Por su parte, en Cataluña estas medidas entrarán en vigor el 1 de agosto después de sufrir problemas técnicos durante su puesta en marcha.

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