Cómo te afecta el copago sanitario si estás en paro

  • Los parados de larga duración no tendrán que pagar nada por los fármacos con receta

Adiós a los medicamentos gratuitos. El copago sanitario entra en vigor el 1 de julio de 2012. A partir de esta fecha tendrás que abonar una parte del coste de los fármacos que te recete el médico. El dinero que pagues dependerá de tu renta anual. Pero hay excepciones. Los parados de larga duración que sólo ingresen la ayuda extraordinaria de 426 euros no tendrán que pagar nada. El resto de desempleados costearán los medicamentos en función de sus ingresos. Descubre, en este practicograma, cómo te afecta el copago sanitario si estás en paro.

1 Los parados de larga duración no pagan nada.

Adiós a los medicamentos gratuitos. El 1 de julio de 2012 entra en vigor el copago sanitario. A partir de esta fecha tendrás que pagar una parte de los fármacos que te receta el médico. La cantidad de dinero que tendrás que abonar dependerá de tu nivel de renta.

Pero hay excepciones. Si eres un parado de larga duración y el único ingreso que percibes es el subsidio extraordinario de 426 euros no tendrás que pagar nada por los fármacos que te receta el médico. El Estado abonará el 100% por ti.

2 Parados con prestación: pagan los medicamentos en función de su renta.

Si estás en paro y estás cobrando tu prestación por desempleo, sí te afecta el copago sanitario. En este caso tendrás que pagar una parte del precio de los fármacos con receta. El porcentaje que abones lo determina la cuantía del subsidio.

Si además de la prestación por desempleo tienes otro tipo de ingresos (rentas por alquiler, beneficios de acciones, etc), estos también computarán para determinar el porcentaje que pagas de cada medicamento.

La escala de rentas para determinar tu aportación a los fármacos con receta es la siguiente:

-Si ingresas menos de 18.000 euros al año, abonas el 40% del precio del fármaco.

-Si tu renta es de entre 18.000 euros y 100.000 euros anuales, tienes que pagar el 50% del valor del medicamento.

-Si ingresas más de 100.000 euros anuales, abonarás el 60% del coste de las medicinas con receta

Estos tramos de renta son los mismos para trabajadores en activo, jubilados y desempleados (los funcionarios abonan el 30% del valor del fármaco).

3 El médico ya sabe qué porcentaje del copago sanitario te corresponde.

Tú no tienes que hacer nada. El médico que te atiende ya sabe qué estás en paro. También conoce si estás cobrando el subsidio por desempleo o la ayuda extraordinaria de 426 euros. Tiene acceso a esta información a través de tu tarjeta sanitaria.

La Agencia Tributaria y el Sistema Nacional de Salud (SNS) comparten la información de los ciudadanos que están dados de alta en la Seguridad Social. Si pierdes tu trabajo y te das de alta en el paro, esta información queda reflejada en tu tarjeta sanitaria.

4 Tu receta indica al farmacéutico cuánto tienes que pagar.

A partir del 1 de julio, todas las recetas médicas estarán codificadas, tanto las de papel como las electrónicas. Tendrán un código que cambiará en función de tu renta o de si eres un trabajador en activo, estás jubilado o eres un funcionario. La leyenda de códigos es la siguiente:

-001. Recetas médicas para personas exentas del copago sanitario. En estos casos no hay que pagar nada.

-002. Recetas médicas de pensionistas con rentas de hasta 100.000 euros. En estos casos hay que abonar el 10% del valor del fármaco.

-003. Recetas para trabajadores en activo con rentas inferiores a 18.000 euros. En estos casos hay que abonar el 40% del coste del medicamento.

-004. Recetas para trabajadores en activo con rentas de entre 18.000 y 100.000 euros. En estos casos hay que abonar un 50% del coste de las medicinas.

-005. Recetas médicas de trabajadores y jubilados con rentas de más 100.000 euros anuales. Hay que abonar el 60% del precio del fármaco.

-006. Recetas para mutualistas y funcionarios. En estos casos hay que abonar el 30% del valor del medicamento.

5 ¿Y si tu receta no tiene ningún código?

El copago sanitario ha entrado en vigor el 1 de julio. Las recetas médicas con fecha anterior no están codificadas. En estos casos, el farmacéutico sabrá cuánto tiene que cobrarte gracias a un sistema informático llamado IPAF.

Es muy importante que lleves tu DNI contigo para que el farmacéutico pueda identificarte correctamente.

6 Si te cobran de más, reclama.

Es poco probable, pero puede ocurrir. Si el médico te entrega una receta que lleva un código incorrecto, reclama. Hazlo también si en la farmacia te están cobrando de más. Lo más probable es que tu tarjeta sanitaria no esté bien actualizada.

Puedes ponerte en contacto con la consejería de sanidad de tu comunidad autónoma. También puedes reclamar al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Solicita un cambio en la información de tu tarjeta sanitaria para que refleje de forma correcta tu condición de desempleado. También puedes pedir que te devuelvan el dinero que has pagado de más, pero tendrás que conservar los recibos de los medicamentos.

7 425 medicamentos que tendrás que pagar al completo.

A partir del 1 de agosto todo el mundo tendrá que pagar el 100% del precio de un total de 425 fármacos diferentes. No importa el nivel de renta, ni la condición de jubilado o desempleado. El copago sanitario no se aplicará sobre estas medicinas. Puedes consultar el listado completo en el practicograma ‘Cómo son los medicamentos que dejarán de financiarse y tendrás que pagar’.

Esto es así por una decisión del gobierno de Rajoy de reducir la financiación estatal. La ministra de Sanidad, Ana Mato, ha asegurado que todas estas medicinas son las de “menor valor terapéutico”. También ha señalado que el ahorro “permitir apostar por fármacos más innovadores”.

8 En toda España salvo en el País Vasco.

El País Vasco es la única autonomía de España que no aplicará estos incrementos en el precio de los medicamentos. Se aplicará el copago sanitario, pero con los porcentajes originales.

Por otra parte, Cataluña aplicará estas modificaciones, pero un mes más tarde, a partir del 1 de agosto de 2012.

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